Con motivo del cincuenta aniversario de la declaración de la Colegiata de San Nicolás como Concatedral de la Diócesis, el Sr. Obispo ha solicitado a la Santa Sede la concesión de un año jubilar. Con fecha 7 de julio de 2008, la Penitenciaría Apostólica, en nombre del Papa, ha otorgado este jubileo, que comenzará el próximo día 15 de agosto y finalizará el 15 de agosto del año 2009. La Solemne Misa de apertura del Jubileo será presidida por el Sr. Obispo a las 20’00 h. del día 15 de agosto.
 
A continuación el texto del decreto traducido. También pueden decargar el texto traducido junto con el original en el documento adjunto:
 
 
PENITENCIARIA APOSTOLICA
 
Prot. N. 239/08/I
DECRETO
 
Con el fin de aumentar la devoción de los fieles y la salud de sus almas, la PENITENCIARÍA APOSTÓLICA, facultada de modo especial por el Santísimo Padre y Señor nuestro en Cristo, Benedicto, por la divina providencia Papa XVI, atendiendo la petición, realizada recientemente, del Excmo. y Rvdmo. Padre D. Rafael Palmero Ramos, Obispo de Orihuela-Alicante, de los Tesoros de la Iglesia, concede benignamente indulgencia plenaria, una vez cumplidas debidamente las condiciones habituales (confesión sacramental, comunión eucarística y oración por las intenciones del Sumo Pontífice). Esta indulgencia plenaria la pueden lucrar una vez al día los fieles cristianos verdaderamente arrepentidos, quienes pueden aplicarla también a modo de sufragio por las almas de los fieles que están en el Purgatorio, con tal que participen devotamente en alguna celebración jubilar o ejercicio piadoso en la Concatedral de la Iglesia de Alicante, llamada de San Nicolás, Ob., o al menos estén un tiempo dedicados a la oración, terminando con el Padre Nuestro, el Credo, en cualquiera de sus legítimas fórmulas, y la invocación a la Santísima Virgen del Remedio y a San Nicolás, patronos de la ciudad de Alicante: a.- Los días 15 de agosto de 2008 y 15 de agosto de 2009, en los cuales se abrirá solemnemente y clausurarán las celebraciones del cincuenta aniversario de la elevación de la Colegiata de San Nicolás al grado de Iglesia Concatedral; b.- Cuantas veces se estuviera en una peregrinación que se realizara allí en grupo; c.- Cuantas veces, individualmente o en grupo, se visite con devoción el templo jubilar.
Los ancianos, enfermos y todos los que por grave causa no pueden salir de casa, también pueden obtener indulgencia plenaria detestando todo pecado y teniendo intención de realizar, cuanto antes, las tres condiciones indicadas, si se unen espiritualmente a las celebraciones jubilares, ofreciendo a Dios misericordioso sus oraciones y sus dolores y las incomodidades propias de la vida.
El presente decreto tiene validez sólo para este año. No obstante disposición en contra.
Dado en Roma, en la Sede de la Penitenciaría Apostólica, en día siete de julio del año del Señor 2008.
 
James Francis Card. STAFFORD
Penitenciario Mayor
 
+ Gianfranco Girotti, O. F. M., Conv.
Ob. Tit. de Meta, Regente